¿Tienen derecho los abuelos a ver a sus nietos?

21/12/2017
ixchelabogadosweb
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Son muchas las ocasiones en las que, tras el divorcio o separación de los padres, los abuelos que hasta el momento habían disfrutado de la compañía de sus nietos, se ven privados de ésta, encontrándose que de repente ya no pueden llevarlos al parque, sacarlos a pasear, o simplemente dejan de visitarlos e incluso llamarlos sin ninguna justificación.

Esto solo puede explicarse porque normalmente, tras un proceso de separación o divorcio los padres suelen enemistarse, creando situaciones familiares hostiles y complejas, en las que si ya resulta difícil decidir qué padre ejercerá la guarda y custodia, o incluso si se acuerda o no, la custodia compartida, mucho más difícil o incluso impensable, resulta decidir si los niños pueden ver a los abuelos, y en su caso, qué días o en qué condiciones.

No obstante, para aquellos casos en los que no hay voluntad de los padres de dejar a los abuelos ver a los nietos, el Código Civil establece de una forma muy clara en su artículo 160.2 que “no puede impedirse sin justa causa la relación personal del niño con sus abuelos y otros parientes y allegados”.

Incluso el Tribunal Supremo ha llegado a decir que este es un derecho-deber obligatorio y beneficioso para ambos, para los niños y para los abuelos, teniendo en cuenta siempre que lo que debe primar en estos casos es el interés del menor.

Por tanto, si la relación de los niños con los abuelos antes de la separación o divorcio de los padres era buena y enriquecedora, no puede negarse en ningún caso el derecho de los abuelos a tener contacto personal con los menores. De lo contrario, cuando a los abuelos no se les permita tener contacto con los nietos, podrán presentar una demanda ante el Juzgado en la que exijan poder ver a sus nietos, tener contacto personal con ellos, en definitiva, disfrutar de los mismos como siempre.

 

¡Desde Ixchel Abogados les invitamos a hacer valer el derecho que la ley les concede para disfrutar de sus nietos!

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