El Ministerio de Cultura estudia endurecer la jurisprudencia en relación a la reventa de entradas

15/11/2018
ixchelabogadosweb
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No supone ninguna sorpresa afirmar que la reventa de entradas para eventos se ha convertido, en estos últimos años, en uno de los principales quebraderos de cabeza tanto para las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado como para las asociaciones de consumidores y el legislador, comenzando en primer lugar por el propio Ministerio de Cultura.

Al año se facturan cientos de millones de euros en concepto de compraventa de entradas para el acceso a diversas actividades de ocio como lo pueden ser encuentros deportivos, conciertos musicales, actuaciones o representaciones de cualquier tipo, entre otras muchas. El problema surge cuando una significativa parte de dichos ingresos procede de la reventa de estas entradas.

Hasta ahora, la ley había mostrado una posición relativamente conciliadora frente a esta práctica. Si bien con el tiempo se han ido endureciendo las medidas y sanciones contra aquellas personas o entidades que buscan lucrarse de la reventa de entradas a eventos, no era poco habitual ver cómo estos sujetos solían salir de impunes en estos casos debido a la «alegalidad» del concepto.

Sin embargo, esta «carta blanca» con respecto a la reventa de entradas podría estar a punto de llegar a su fin. Y es que hace un par de días los medios hacían eco de la noticia en relación al estudio iniciado desde el Ministerio de Cultura, y que contaría con el apoyo y respaldo de las Comunidades Autónomas, para endurecer las medidas que hacen frente a esta práctica.

De acuerdo a los primeros datos percibidos por este estudio, la normativa actual aplicable con respecto a la venta y reventa telemática de entradas resulta insuficiente, fragmentaria y confusa. Por ello se propone la redacción de un nuevo y más férreo control legislativo que tendría efectividad mediante una nueva ley o Decreto-ley para la prohibición de la reventa de entradas o, al menos, el control de algunos de sus aspectos.

Un control que podría tener como respuesta medidas tan polémicas y comentadas como las siguientes: la prohibición de revender una entrada por un precio superior a su coste original; el deber del promotor de emitir tickets que sean nominales e intransferibles para el acceso a eventos de gran afluencia; el desarrollo de una información precontractual entre promotor y comprador; o la fijación de un régimen de intervención administrativa, con su correspondiente régimen sancionador.

Como bien decimos, la polémica ya está servida. Las voces se han alzado para posicionarse en ambas caras de la moneda. Sin embargo, parece ser que el verdadero enigma de la cuestión radica en definir correcta y legalmente a quien pertenece la entrada, ya que según se defiende desde el punto de vista de los organizadores: «La entrada no pertenece al titular que la adquiere, sino al organizador, que otorga a su comprador el derecho de acceso al recinto en el que tiene lugar el espectáculo pero nunca la capacidad de venderla sin autorización«.
Dicho de otro modo, y atendiendo a esa afirmación, el comprador de una entrada no tendrá la capacidad de disponer libremente de ella como tampoco de lucrarse con su venta sin el permiso del organizador.

Mientras que el legislador define y esclarece su postura venidera a este respecto, no son pocas las entidades que ya apoyan estas medidas, como son muchos clubs deportivos, que han aumentado sus controles de acceso a eventos y endurecido la verificación de que quien accede al interior es el titular de la entrada. Poniendo a disposición de las FFCCSE a todos aquellos sujetos interceptados en posición contraria a la regulada.

Mientras se resuelve este polémico asunto, ¿De que lado se decantan ustedes? ¿A favor de una restricción de reventa o a favor de la libertad de comercialización de un bien que ya hemos adquirido con anterioridad?

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